El pasado lunes se cumplió un año de vigencia del Código Integral Penal y las opiniones respecto de su eficacia siguen divididas. Unos hablan de avances significativos y otros hasta lo califican de retardatario y represivo.

Mientras por un lado se habla de un buen código, que no solo establece los delitos sino también el procedimiento y la ejecución de las penas, por otro se sostiene que esta normativa no ha sido determinante para eliminar la conducta lesiva y menos aún para acelerar los procesos de castigo.

Según el fiscal general, Galo Chiriboga, con la vigencia del Código el sistema penal está siendo mucho más eficaz, precisamente porque hay sentencias y estas tienen un doble resultado: “primero, porque no deja en la impunidad actos delictuales y, segundo, ratifica la inocencia de personas que nada tienen que ver con el hecho investigado”.

El funcionario también habla de un tercer resultado que le parece importante y que se verá a corto plazo: “la introducción de nuevos tipos penales, como el femicidio”.

Pero, reconoce que los operadores de justicia van a tener que esforzarse con los delitos cibernéticos, porque en estos casos se demanda no solo claridad en entender la norma sino también un gran esfuerzo en la preparación técnica y la necesidad de contar con equipos especializados.

El Fiscal también reconoce que, como toda obra humana, en la normativa se ha cometido errores e imprecisiones.

Contraparte
Pero, el abogado Édgar Coral Almeida no comparte el criterio del Fiscal y, según dice, los abogados han mantenido una opinión crítica en cuanto a la aplicación del Código porque “se ha convertido en un instrumento para reprimir determinadas conductas que tienen que ver con el ejercicio de los derechos”.

Para este profesional, la normativa “ha agravado la pena en ciertos tipos penales y esto no ha significado la solución del conflicto de orden social”. “Se entendería que un código penal debe convertirse en una herramienta preventiva y disuasiva del cometimiento del delito, pero se observa lo contrario”, comenta.

De su parte, el catedrático José García Falconí sostiene que es un código de avanzada, pero a la ecuatoriana, que tiene sus falencias y vacíos, “porque no se sabe si es causalista, finalista o funcionalista”.

Pero, dijo que en términos generales, le parece que está dando resultados, aunque habría que esperar un año más hasta que se aplique plenamente la norma. (LC)

La CNJ es la excepción

Al Código Penal se le atribuye celeridad en los procesos penales. Las cifras de la Judicatura hablan de que en 2012 el 50% de las diligencias judiciales no se cumplía, pero ahora se registra un 96% que se cumple en la primera convocatoria.

El oficialismo le endosa también la disminución de audiencias fallidas, que en 2012 llegaban al 29,2% mientras que en 2014 se ubicaron en el 4% y a principios de 2015, en el 3,7%.

No obstante, esto no ocurre en la Corte Nacional de Justicia (CNJ), porque la aplicación del Código ha sido mínima, debido a que la gran mayoría de procesos que se tramitan se lo hace con el código anterior, porque se trata de causas represadas. Un juez nacional que prefirió el anonimato, dijo que en el año de vigencia apenas han conocido unos 30 procesos nuevos.

Fuente: Diario La Hora

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