Dinero Electrónico

El Banco Central del Ecuador otorgará un subsidio a las entidades financieras para que puedan conectarse con la plataforma. El nuevo medio de pago servirá incluso para transferir remesas.

Como se había anunciado, la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera publicó 4 resoluciones que reforman la gestión del dinero electrónico. El primer documento fue suscrito el 14 de junio, mientras que los restantes fueron firmados el 29 del mismo mes.

La Resolución 252 autoriza a las empresas que prestan servicios de transferencias desde el exterior a emplear el Sistema de Dinero Electrónico (SDE) para el envío de remesas, previa solicitud de sus clientes, a una cuenta de dinero electrónico (CDE) de una persona natural en Ecuador. Aquella norma también permite el pago de tributos, productos o servicios de entidades, o instituciones, empresas públicas y de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD).

Adicionalmente, se establecen tarifas para descarga, transferencia, solución de pagos, solución de cobro, giros, cambio de parámetros de seguridad, y uso de plataforma para gestión comercial. También da paso a la transferencia de dinero desde una CDE de persona natural o jurídica a una cuenta de persona natural o jurídica en el sistema financiero nacional.

Mediante la resolución 258, la Junta Monetaria concede el uso del Servicio Suplementario de Datos no Estructurados (USSD, por sus siglas en inglés) en dispositivos móviles, para la realización de transacciones desde una o varias cuentas en entidades financieras o CDE hacia otras similares.

Esta norma otorga facilidades para abrir una CDE a través de la web o de aplicaciones móviles. También fija una tabla de tarifas y comisiones de los participantes del SDE por operaciones desde y hacia cuentas en el sistema financiero nacional (SFN). Por ejemplo, una persona natural pagará $ 0,25 por efectuar una transferencia desde la cuenta bancaria hacia otra cuenta de dinero electrónico.

Para evitar el delito de lavado de activos, se establece que, antes de poder participar en el SDE, las personas jurídicas y naturales (con RUC y obligadas a llevar contabilidad) deberán entregar al Banco Central del Ecuador (BCE) información correspondiente a su actividad financiera, domicilio, cumplimiento de obligaciones tributarias, entre otros elementos.

Con la resolución 260, la Junta da cumplimiento a la transitoria tercera de la Ley Solidaria, que otorga al BCE un plazo máximo de 12 meses para proveer a las entidades del sistema financiero nacional, sea a título gratuito o sea mediante subsidios, la implementación de sistemas de banca móvil vía USSD o cualquier otro mecanismo de interconexión con la plataforma de dinero electrónico.

El texto de esa resolución indica que el Banco Central subsidiará el costo de instalación de la banca móvil, web o aplicaciones móviles, para conectarse y efectuar transacciones con la plataforma.

Aquello se cumplirá bajo ciertos condicionamientos. Las entidades deben estar calificadas por el BCE; no encontrarse en proceso de supervisión correctiva, intensiva o de liquidación; no registrar más de $ 1.000 millones en el monto del activo de la entidad; haber concluido la instalación de los sistemas de banca móvil y comprobar ante el Central su funcionamiento e integración con la plataforma.

Se otorgará un subsidio total cuando el valor de la instalación sea inferior a $ 25 mil; en cambio, si la instalación cuesta entre esa cantidad y $ 40 mil, el BCE cubrirá el 50%.

Las reformas están vigentes desde el día de su suscripción y sus textos pueden consultarse en la página web: http://www.juntamonetariafinanciera.gob.ec.

Según datos del BCE, hasta finales de junio, existían 95 mil cuentas de dinero electrónico.

La Asociación de Bancos efectuó 5 propuestas

En días pasados, la Asociación de Bancos Privados del Ecuador (ABPE) presentó 5 propuestas que, a su criterio, generarían mejores condiciones para implementar el dinero electrónico.

En primer lugar se planteó que el dinero electrónico no sea utilizado para pagar sueldos, sino que estos sean depositados en dinero físico. También se propuso que el dinero electrónico sea utilizado para “micropagos” que no superen el valor promedio de la canasta básica ($ 680).

Por otra parte, para aumentar la confianza en el nuevo medio de pago, la ABPE demanda que el respaldo al dinero electrónico sea en especie u oro y esté estipulado en una Ley Orgánica que no pueda ser modificada y si hubiera modificaciones estas deben ser realizadas a través de la Junta Bancaria, la cual deberá emitir una resolución formal.

A lo anterior se suma la propuesta de fomentar una veeduría ciudadana del dinero electrónico que realice auditorías periódicas sobre su manejo y respaldo.

Por último, se solicita que las transacciones con dinero electrónico no tengan un carácter obligatorio, esto es, que no se realicen reformas legales para obligar a los ciudadanos, entidades financieras y empresas a recibir y usar dinero electrónico.

El Presidente de la ABPE, José Julio Prado, dijo que “estos 5 elementos sentarían las bases de un diálogo más fructífero y técnico con el Banco Central para que cada banco, en forma individual, tome las mejores decisiones frente al proyecto de dinero electrónico”. (I)

Fuente: El Telégrafo